Algunos consejos...

Te ofrecemos algunas informaciones a tener en cuenta cuando viajamos con nuestros amigos las mascotas que te pueden ser útlies a la hora de preparar tu escapada.

Para viajar en tren:

Viajes en tren

"Los animales son tolerados para su transporte si no se oponen los viajeros o se producen molestias a los mismos. El dueño se hará responsable de las molestias y daños que estos puedan ocasionar. Deberán estar en condiciones sanitarias adecuadas e ir provistos de la "guía de sanidad", salvo que legalmente no se exija al mismo, disponer de ella. El transporte se limitará a pequeños animales domésticos, entendiendo como tales, perros, gatos y aves (no de corral), cuyo peso máximo no exceda de 6 Kg.

Se admitirá como máximo un sólo animal por viajero, siempre dentro de una jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm, y que dispongan de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos. Si el transporte de los animales origina molestias, se invitará al viajero a ubicarse en aquellos lugares en los que se eviten las mismas y, en caso de no poder ser estas subsanadas, se invitará al viajero a que desista de realizar el viaje en este tren o abandonar el mismo si ya lo hubiese tomado, pudiendo optar por tomar otro tren o el reintegro total del importe de sus billetes, sin que tenga derecho a otro tipo de indemnización. En plazas acostadas solo será posible el transporte en departamentos/cabinas completas (modalidad familiar). 

El propietario será el único responsable de cualquier daño que pudiera causar el animal, así como de cumplir los requisitos sanitarios correspondientes al mismo. En el caso de perros y gatos, deberán presentar la "cartilla de vacunaciones" puesta al día.

(Fuente de información: Renfe)

Para viajar en avión:

Viajes en avión

Si el número de animales de compañía que transporta una persona o su representante es superior a cinco se considerará partida comercial y se le aplicarán las normas de importación.

 

 

COSAS QUE DEBE SABER:


Animal de compañía: Perros, gatos, hurones que viajen en el mismo medio de transporte que su dueño (o un representante de éste).

Representante del propietario: Cualquier persona que se responsabilice del animal durante el viaje en representación del propietario.

Sistema de identificación electrónico - Microchip: Deberá cumplir con la norma ISO 11784 o el anexo A dela norma ISO 11785. En caso contrario, el propietario o su representante deberá facilitar los medios para su lectura.

Vacunación antirrábica: Se realizará con una vacuna inactivada de por lo menos una unidad antigénica por dosis (norma OMS).

Valoración de anticuerpos neutralizantes: Se realizará en un laboratorio autorizado por la UE apartir de una muestra de suero tomada por un veterinario facultado, al menos treinta días después de la vacunación y tres meses antes del desplazamiento. Nivel satisfactorio de protección: como mínimo 0.5Ul/ml. Para el Reino Unido, la muestra de suero debe obtenerse 6 meses antes de la salida del animal.

Pasaporte: Documento oficial establecido para los animales decompañía de origen comunitario.

Acondicionamiento: Los animales deberán ir debidamente acondicionados enjaulas o contenedores que pueden ser obtenidos de la compañía aérea. La jaula tendrá una identificación clarade la dirección y teléfono del propietario. Comunique a su compañía aérea su intención de viajar con un animal de compañía.

Países del entorno geográfico de la UE: Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, SanMarino, Suiza y Vaticano.

Países terceros incluidos en la lista: USA, Rusia, Canadá, Japón y Australia entre otros (ver lista actualizada).

Países terceros no incluidos en la lista: Resto de países que no aparecen en ninguno de los puntos anteriores.

(Fuente de información: AENA)


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